ACREDITACIÓN DE UNIDADES DE FQ

PROCESO DE ACREDITACIÓN


NORMATIVA


PROPUESTA DE ACREDITACIÓN

La propuesta de Acreditación de Unidades Asistenciales partirá del Comité de Acreditación, tras analizar la solicitud de las Unidades interesadas, correspondiendo a la Junta Directiva aprobar o denegar la propuesta tras evaluar la oportunidad y pertinencia de la solicitud.
La información sobre el proceso de acreditación estará publicada en la página web de la SEFQ (www.sefq.es), donde se podrán consultar las instrucciones para el envío de la solicitud. Los plazos de cada convocatoria serán también publicados en la página web
 
La propuesta del Comité de Acreditación será sometida a consideración de la Junta Directiva en un plazo no superior a 1 mes y posteriormente notificada su resolución por escrito a los promotores de la propuesta, informando sobre las razones que sustentan la aprobación o denegación de su solicitud. Del mismo modo, podrá considerarse necesario solicitar aclaraciones o modificaciones de la solicitud, si la Junta Directiva a propuesta del Comité de Acreditación lo considera pertinente. En caso de que la Unidad de Fibrosis Quística no esté de acuerdo con la resolución, podrá formular reclamación en el plazo de 1 mes desde la notificación de la misma, aportando la documentación que considere pertinente. La reclamación será estudiada por el Comité de Acreditación y la Junta Directiva en un plazo no superior a 2 meses. La resolución final será definitiva y no estará sujeta a más reclamaciones, sin perjuicio de que la Unidad solicitante presente su candidatura en posteriores convocatorias.


PROCESO DE ACREDITACIÓN SEFQ

El Comité de Acreditación procederá a la valoración de las solicitudes 1 vez por año, con una fecha límite que se hará pública en la página web al menos con 4 meses de antelación. No se admitirá ninguna solicitud recibida más allá del plazo establecido.

La decisión inicial de acreditación en los diferentes niveles se propondrá por la Comisión de Acreditación y será expedida por la SEFQ. La aceptación de las Unidades Acreditadas se hará pública coincidiendo con el Congreso SEFQ o con la reunión de la Fundación Española de la FQ, a años alternos.

El proceso de acreditación se realizará utilizando como medio el correo electrónico de la secretaría técnica (sefqsecretariatecnica@viajeseci.es). Los datos serán analizados por una Comisión de Acreditación de SEFQ.
Será necesario aportar la documentación que se especifica en cada caso para acreditar la veracidad de los datos aportados.
La Comisión de Acreditación podrá corroborar los datos de manera presencial.
Esta Comisión de Acreditación estará constituido por 8 miembros, según el reglamento del comité de acreditación de la SEFQ.

 

 
FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE ACREDITACIÓN

  1. Realizar el seguimiento de las Unidades acreditadas en el plazo reglamentario estipulado

  2. Este seguimiento constituye en sí mismo el procedimiento de reacreditación, y tendrá lugar transcurridos 5 años desde la acreditación de la Unidad, cualquiera que sea su nivel de complejidad

  3. Fijar y notificar la fecha en que se realizará una vez al año la acreditación de Unidades Asistenciales de su competencia

  4. Comunicar a la Secretaría de SEFQ con 3 meses de anticipación el plazo de recepción de solicitudes para iniciar el procedimiento de acreditación, de manera que pueda ser comunicado a los socios por los cauces disponibles en cada momento (mail, web, etc…) con tiempo suficiente.

  5. Evaluar las solicitudes de acreditación o reacreditación recibidas en tiempo y forma establecidos

  6. Elevar la Junta de la SEFQ  la propuesta de acreditación en el nivel de complejidad que considere más adecuado acorde a las bases y requisitos fijados en el documento elaborado por la Comisión de Acreditación correspondiente

  7. Solicitar a los responsables de las Unidades la memoria de actividades a los 5 años de otorgada la acreditación, proceder a su evaluación e iniciar el periódico procedimiento de reacreditación pertinente

  8. Elaborar las actas definitivas correspondientes a las resoluciones adoptadas en el procedimiento de acreditación o de reacreditación, y remitirlas a la Secretaría de SEFQ para su archivo y custodia en el plazo máximo de 1 mes al término de dichos procedimientos

  9. Velar por la equidad y transparencia de los procedimientos de acreditación y reacreditación de su competencia


La validez de la acreditación es de 5 años, independientemente de las comunicaciones, que pueden modificar el nivel de acreditación.

La SEFQ a través de su página web hará públicos los centros acreditados y comunicará esta acreditación al Ministerio de Sanidad, a las diferentes Consejerías autonómicas de Sanidad, a los Centros Hospitalarios, a la Sociedad Europea de Fibrosis Quística y a las Organizaciones de pacientes y otras organizaciones científicas y sociales relacionadas si así lo solicitaran y previa aprobación por la Junta Directiva de la SEFQ.

Los centros acreditados tendrán la obligación de remitir a la SEFQ, una memoria de actividad cada cinco años o cuando la SEFQ se lo solicite.











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